España El CERMI propone modificaciones legales para velar por los derechos de los viajeros con discapacidad

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·         Ante la Propuesta de Reglamento de la UE sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar, en fase de debate en el seno del Consejo de Ministros de la UE.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI)ha dirigido al ministro de Fomento, José Blanco, una propuesta para modificar el reglamento sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar para que se tengan en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad.

 

 

El presidente del CERMI, como entidad miembro del Foro Europeo de la Discapacidad (EDF), justifica en dicho documento la revisión de distintos artículos que componen el borrador del Reglamento, con el objetivo de garantizar la no discriminación de las personas con discapacidad y con movilidad reducida, así como asegurar la disponibilidad de asistencia de estos colectivos.

En este sentido el texto indica que el derecho a viajar de las personas con discapacidad es un derecho civil fundamental que se debe garantizar en todos los servicios y sin excepciones.

 

También se reclama que la formación del personal sobre asistencia a las personas con discapacidad debe ser aplicable, sin excepción, en todos los servicios. En concreto se explica que la falta de formación de este tipo es el causante de las dificultades en la mayoría de los casos en que las personas con discapacidad sufren problemas para acceder al transporte en autobús o autocar. “Los beneficios de formación de este tipo superan claramente el coste reducido para los operadores”, justifica el CERMI.

 

Respecto a las indemnizaciones relacionadas con las sillas de ruedas, el texto recuerda que los equipos de movilidad y los dispositivos de asistencia son fundamentales para la autonomía y la dignidad de las personas con discapacidad. Por ello se explica que es “esencial” que el viajero pueda confiar en que se tomarán todas las medidas posibles por garantizar que se le indemnizará en caso de cualquier daño a pérdida, si el responsable es el operador.

 

En esta carta dirigida por el CERMI, se recuerda que si no se dispone de los equipos adecuados en las estaciones, resultará imposible prestar servicios de asistencia a la mayoría de las personas que lo requieren. Por ello, se considera necesario eliminar las palabras “y equipos” dentro del texto.

 

Asimismo se critica la obligación de avisar de la necesidad de contar con asistencia con al menos dos días laborables de antelación, tal y como establece el actual artículo 16 del borrador.

 

Por último se insta a modificar el artículo referente a la información recibida por parte del viajero. En este sentido se reclama que las personas con discapacidad tienen el mismo derecho a acceder a la información sobre su viaje que las demás personas. Según este escrito, esta propuesta actual supone un incumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del artículo 21 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por las Comunidades Europeas el pasado 27 de noviembre.